Requisito de residencia en el extranjero para los titulares de J-1

El Requisito de Residencia extranjera tiene varios nombres, como el «Requisito de presencia física del país de origen de dos años» o el «Requisito de residencia en el hogar», pero esencialmente todos describen lo mismo. De conformidad con la Ley de inmigración y nacionalidad, Titulares de visa J-1, que han completado su programa, tienen el mandato de residir en su país de origen durante un mínimo de dos años.

El individuo puede viajar a los Estados Unidos bajo la visa B-1 / B-2, aunque el tiempo que pase fuera del país de origen no contará para el Requisito de Residencia Extranjera. El requisito de residencia extranjera debe cumplirse antes de que pueda ocurrir cualquier otra acción. El individuo es no se le permite realizar cualquiera de las siguientes acciones:

  • Dentro de los Estados Unidos:
    • Presentar un cambio de estatus para convertirse en un residente permanente legal.
    • Cambiar a un estatus de no inmigrante como la Visa H (trabajo temporal) o la Visa L (transferido dentro de la compañía).
  • Fuera de los Estados Unidos:
    • Obtenga una visa de inmigrante en un consulado o embajada de los Estados Unidos.
    • Solicite una visa H, una visa L o una visa K (visa de prometido).

Requisito de residencia extranjera de visa J-1

Participantes obligados del requisito de residencia extranjera:

  • Si el individuo era involucrado en un programa de intercambio financiado por el gobierno, el titular de la visa J-1 estaría sujeto al Requisito de Residencia Extranjera. Los programas J-1 son apoyados financieramente por el gobierno del país de origen o los Estados Unidos. La financiación también puede provenir de una organización internacional. Sin embargo, hay algunas excepciones a la regla:
    • Si el titular de la visa J-1 recibió subvenciones gubernamentales que no se especificaron para el intercambio internacional, el individuo no está sujeto al Requisito de Residencia Extranjera.
    • Si el titular de la visa J-1 era un profesor universitario y él / ella recibió una subvención del gobierno que se utilizó en parte para salarios o estipendios. Los estipendios y salarios deben haber sido utilizados para estudiantes de posgrado o colegas de investigación. Si el titular de la J-1 no está seguro de si el programa de intercambio fue apoyado financieramente por el gobierno, se sugiere hablar con el oficial del programa indicado para obtener ayuda.
  • Titulares de J-1 que participaron en un programa especializado que se considera una necesidad para un mayor desarrollo en el país de origen del individuo están sujetos al Requisito de Residencia Extranjera. La habilidad especializada también debe aparecer en la lista del gobierno.
  • El titular de la J-1 estuvo involucrado en un programa médico o de capacitación de posgrado. Los participantes de los programas son patrocinados por la Comisión Educativa para Graduados Médicos Extranjeros. Los programas generalmente se completan para cumplir con un requisito de residencia o pasantía.

Exenciones de requisitos de residencia en el extranjero:

Los titulares de la visa J-1 tienen la opción de renunciar al Requisito de Residencia Extranjera. Si el individuo está sujeto al requisito, pero califica bajo una de las cinco bases legales, el individuo puede presentar una solicitud de exención DS-3035, documentos justificativos, pago de tasas y formularios relacionados. Al seguir adelante con este proceso de solicitud, el USCIS puede otorgar o denegar al solicitante una exención.

Las cinco bases estatutarias:

  • Declaración de no objeción – el gobierno de su país de origen puede presentar una Declaración de No Objeción a la División de Revisión de Exenciones. Esta declaración simplemente necesita dejar en claro que el gobierno de su país de origen no se opone a que permanezca en los Estados Unidos y no cumpla con el Requisito de Residencia Extranjera.
  • Miedo a la persecución – Demuestre que al regresar a su país de origen, su vida y su libertad se verán indudablemente amenazadas a manos del fiscal.
  • Dificultades excepcionales – Su salida de los Estados Unidos traería dificultades a su cónyuge o hijo ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
  • Solicitud del Departamento de Salud del Estado: solo está disponible para médicos extranjeros que recibieron su estado de visitante de intercambio J-1 para obtener educación o capacitación médica de posgrado. Esta exención tiene que ser por un Señalado Departamento de Salud Pública del Estado.
  • Solicitud de una Agencia del Gobierno Federal de los Estados Unidos (IGA) interesada – En nombre de un médico extranjero que acepta servir en un área médicamente desatendida.

Deberá obtener la aprobación tanto de USCIS como de la División de Revisión de Exenciones de la Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado de los Estados Unidos si cree que es elegible para una de estas exenciones. Si tiene la intención de solicitar una exención J-1, Siga a fondo las instrucciones en cómo aplicar para cada categoría.

Cada base legal tiene sus propios requisitos individuales, así como pasos adicionales o menos. No seguir estas instrucciones puede dar como resultado una solicitud que se envía de vuelta al solicitante sin revisión y la posible pérdida de la tarifa de solicitud.

Cómo solicitar una exención de visa J-1

Complete la solicitud de recomendación de exención de visa J-1 en línea

Para aplicar completamente en línea, visite el Sitio web de exención de visa J-1 y haga clic en las letras azules que dicen «Completar una solicitud en línea». A partir de ahí, el sitio web lo llevará a una página donde verá instrucciones generales para completar la información en un procedimiento paso a paso.

Tendrá que completar la solicitud en línea DS-3035 y complete la información necesaria para la solicitud de exención. Su número SEVIS e información sobre sus dependientes J-2 (si los hay) son algunos de los elementos importantes para la aplicación.

Después de completar el formulario, se le emitirá un número de caso de exención. También recibirá todas las instrucciones necesarias para proceder con la solicitud. Lo siguiente será imprimir su DS-3035 con el código de barras. El código de barras debe imprimirse en blanco y negro. No imprima en color.

También se recomienda a los solicitantes de exención J-1 que utilicen un programa de procesamiento de textos separado para responder preguntas largas de tipo ensayo después de cerrar sesión y volver a completar el formulario más tarde. El sistema guardará sus respuestas para que no tenga que reiniciar. De esta manera, puede copiar y pegar sus respuestas más largas directamente en el formulario a medida que se mueve entre páginas más específicas.

Envíe por correo su solicitud de exención J-1 y el pago de la tarifa

Su solicitud de exención no termina en línea. Todavía está obligado a enviar por correo la copia impresa de la solicitud a las agencias gubernamentales correspondientes. USCIS y la División de Revisión de Exenciones del Departamento de Estado son las dos agencias involucradas en la solicitud de exención J-1. Reúna todos sus artículos y envíelos por correo a las direcciones apropiadas. Los documentos de exención de visa J-1 requeridos incluyen:

  • Solicitud en línea completada, Formulario DS-3035, con un código de barras impreso
  • Copias legibles de todos los formularios DS-2019/IAP-66 emitidos al usuario
  • Tarifas de solicitud

Si realiza envíos a través del Servicio Postal de los Estados Unidos, la dirección es:

Servicio Postal

Department of State J-1 Waiver

P.O. Box 979037

St. Louis, MO 63197-9000

Si realiza envíos a través del Servicio de mensajería de EE. UU., la dirección es:

Servicio de mensajería

Department of State J-1 Waiver

P.O. Box 979037

1005 Convention Plaza

St. Louis, MO 63101-1200

Presentar documentos de respaldo

Lo siguiente será presentar sus documentos de respaldo requeridos dependiendo de la base bajo la cual esté solicitando la exención. Estos documentos son elementos adicionales que proporcionan información adicional a lo que envió en el formulario de solicitud.

Si está solicitando bajo la Declaración de No Objeción, sus documentos de respaldo deben incluir prueba de que el gobierno de su país de origen le ha otorgado permiso para permanecer en los Estados Unidos. Si su exención es a través de una agencia gubernamental interesada de los Estados Unidos o un departamento de salud pública estatal designado, los documentos de respaldo deben incluir evidencia de la solicitud de la agencia o departamento en cuestión.

En caso de persecución o dificultades excepcionales, los documentos justificativos deben mostrar pruebas a tal efecto. Puede ver nuestra guía completa sobre cómo solicitar bajo cada una de las bases de exención de visa J-1.

Verifique el estado de su solicitud

Después de completar la solicitud de exención de visa J-1, deberá esperar mientras se procesa. Sin embargo, puede monitorear el progreso verificando su estado en línea. Hay un botón llamado ‘verificar estado’ en la página web de exención de visa J, donde puede ingresar su número de caso para determinar si se ha recibido el DS 3035.

Si falta alguna información obligatoria o se requiere información adicional, esto también se indicará en el sistema. Si hay algún documento de respaldo de terceros pendiente, será su responsabilidad ponerse en contacto con la organización solicitante.

Recuerde esperar aproximadamente un mes después de enviar la solicitud completa antes de comprobar su estado.

Tarifas de procesamiento de exención de visa J-1

Las condiciones para procesar las solicitudes de exención de visa J-1 varían, pero las tarifas no lo hacen. Cuando un solicitante presenta una solicitud de recomendación, formulario DS 3035, una tarifa no reembolsable de $120 Se aplica. Cualquiera que desee oDe lo contrario, se requeriría una exención para el requisito de residencia extranjera de dos años para pagar la comisión mediante giro postal o cheque.

Para acelerar el tiempo de procesamiento de la exención J-1, el giro postal o el cheque deben provenir de un banco de los Estados Unidos y estar en dólares estadounidenses, independientemente del país de origen del solicitante.

Para los depositantes fuera de los Estados Unidos en el momento de depositar la tarifa, se puede enviar con una orden de pago extranjera o un banco internacional, siempre que la orden de pago extranjera sea de un establecimiento con sede en los Estados Unidos. En todos los casos, cualquier forma de pago debe ser en moneda estadounidense y debe hacerse al Departamento de Estado de los Estados Unidos.

Es un error común que los solicitantes de exención J-1 presenten tarifas y solicitudes por separado, lo que hace que DOS envíe la tarifa o solicitud al solicitante, quien luego tendrá que reiniciar el proceso desde el principio. Trabaje con un abogado para asegurarse de que se eviten este tipo de errores simples.

Tiempos de procesamiento para una exención de visa J-1

Los tiempos de procesamiento de la exención varían según la base utilizada para respaldar la solicitud. Lo siguiente debe considerarse como una estimación aproximada, que puede cambiar en cualquier momento:

  • Declaración de no objeción: 12 a 16 semanas
  • Agencia Gubernamental Interesada (IGA): 8 a 12 semanas
  • Miedo legítimo a la persecución: 12 a 16 semanas
  • Dificultad excepcional: 16 a 24 semanas
  • Programa conrad 30 Waiver: 12 a 16 semanas
  • Opinión Consultiva del Departamento de Estado: 30 a 45 días

Recuerde que el envío de información de contacto inexacta, especialmente si actualmente vive en el extranjero y su dirección está en un idioma extranjero, retrasará su solicitud.

Renuncia: El procesamiento acelerado está disponible en casos de necesidad humanitaria urgente o interés significativo del gobierno de los Estados Unidos. Para solicitar un procesamiento acelerado, envíe un correo electrónico a 212ewaiver@state.gov  para describir su situación e incluir cualquier documentación de respaldo. Las solicitudes de procesamiento acelerado pueden ser hechas por un solicitante, abogado o miembro del Congreso (o por personal del Congreso que actúe en nombre del miembro).

Cómo los abogados de inmigración pueden ayudar

El procesamiento de su exención de residencia extranjera de visa J-1 dependerá en gran medida de qué tan bien se presente su solicitud al DOS. La forma en que se presenta la información puede ser la diferencia entre la aprobación y la denegación. Es por eso que se recomienda contratar el servicio de un experto en inmigración.

Los abogados de inmigración son capaces de verificar si el solicitante cumple con los requisitos de residencia en el extranjero. Si el titular de la J-1 desea buscar una exención J-1, los abogados de inmigración pueden ayudarlos con la documentación del gobierno y el material complementario.