Visa J-1 a Green Card por matrimonio
La clasificación de visa de no inmigrante J-1 es un estatus temporal emitido a investigadores, académicos, profesores y estudiantes extranjeros para participar en programas de visitantes de intercambio designados en los Estados Unidos. Al igual que algunas de las otras visas temporales, la mayoría de los titulares de J-1 deben regresar a sus países de origen después de completar sus programas.
Sin embargo, algunos titulares de J-1 se casan con ciudadanos estadounidenses o titulares de Green Cards, y les encantaría permanecer en los Estados Unidos con sus cónyuges después de su programa. Si bien no existe una ley que prohíba dicho matrimonio, hay más para convertirse en residente permanente que simplemente casarse con un ciudadano o residente permanente.
Si usted es titular de una visa J-1 que busca obtener una Green Card basada en el matrimonio, deberá seguir los pasos apropiados para lograr un cambio legal de estatus.
¿Cómo cambio mi visa J-1 a una Green Card basada en el matrimonio?
El principio básico detrás de la visa J-1 es su naturaleza de intercambio cultural, que tiene como objetivo promover relaciones cordiales entre los Estados Unidos y los países participantes. Para cumplir con este objetivo, los participantes deben regresar a sus países de origen durante al menos dos años después de su período J-1 para utilizar la experiencia adquirida en los Estados Unidos para avanzar en el crecimiento de sus propios países.
Incluso si desea pasar más tiempo en los Estados Unidos, primero deberá regresar a su país, completar los dos años requeridos y luego volver a solicitar otra visa de no inmigrante o inmigrante para poder regresar.
Afortunadamente, este requisito de presencia física de dos años en el país de origen no se aplica a ciertos visitantes J-1. Para comenzar con el proceso de Green Card J-1 al matrimonio, lo primero es asegurarse de sí esta regla se aplica o no a usted. Si lo hace, otra buena noticia es que hay una manera de evitarlo. Sin embargo, esto también requerirá que tome algunos pasos adicionales, que se explican a continuación.
¿Cómo sé si estoy sujeto a una presencia física de dos años en el país de origen?
Su tipo específico de programa J-1 determinará si está sujeto al requisito de presencia física de dos años en el país de origen. Los siguientes programas generalmente se requieren para cumplir con el requisito:
- Programas de intercambio financiados por el gobierno: Si su programa es financiado total o parcialmente por el gobierno de los Estados Unidos o el gobierno de su país de origen, estará sujeto al requisito de residencia de dos años.
- Programas para Habilidades o Conocimientos Especializados: Algunos países tienen habilidades especializadas mencionadas en la lista de habilidades bajo el programa J-1. Si su programa está en cualquiera de los campos de los conocimientos y habilidades especializadas enumeradas, estará sujeto al requisito. El objetivo es que utilice las habilidades para el desarrollo de su país durante su estancia de dos años.
- Programas de Capacitación o Educación Médica de Posgrado: Si se encuentra en los Estados Unidos para la residencia médica, se espera que cumpla con el requisito de residencia en el hogar.
Si todavía tiene dudas sobre si esto se aplica o no a usted, también puede verificar el DS-2019, Certificado de elegibilidad recibido de su patrocinador. Hay una sección que lo indica claramente.
Pautas para cambiar de J-1 a Green Card basada en el matrimonio
Si su programa no requiere presencia física, entonces usted es libre de permanecer en los Estados Unidos y comenzar el procesamiento de su Green Card basada en el matrimonio. Pero si la regla se aplica a usted, aún puede solicitar un cambio de estado, pero primero deberá obtener una exención.
Cómo renunciar a la presencia física del país de origen J-1 para la Green Card basada en el matrimonio
Hay cinco bases estatutarias que le permiten renunciar al requisito y comenzar su procesamiento de Green Card basada en el matrimonio. Deberá calificar para al menos una de las bases y presentar su exención siguiendo esa misma base:
- Puede obtener una declaración de no objeción de la embajada de su país que indique su voluntad de permitirle renunciar al requisito y permanecer en los Estados Unidos.
- También puede solicitar una exención proporcionando evidencia de que su hijo o cónyuge ciudadano estadounidense o residente permanente legal enfrentaría dificultades excepcionales si se le negara la Green Card basada en el matrimonio.
- Adicionalmente se puede otorgar una exención si puede demostrar que sufrirá persecución si regresa a su país de origen.
- Si actualmente está trabajando en un proyecto que es de interés para una agencia del gobierno de los Estados Unidos, puede recibir una solicitud de la agencia que indique su intención de patrocinar su solicitud de exención y retenerlo.
- También puede obtenga una exención si tiene una solicitud para trabajar como proveedor de atención médica en un departamento de salud pública estatal designado o su equivalente si su programa J-1 está en el campo de la capacitación médica o la educación.
Solicitud de exención de presencia física J-1
El tiempo de procesamiento varía dependiendo de para cuál de las cinco bases califique. Las directrices generales son las siguientes:
- Comience por completar la Solicitud de Recomendación de Visa DS-3035, J-1 a través del Servicio en Línea del Departamento de Estado. Deberá imprimir el DS-3035 con un código de barras único.
- Envíe por correo la solicitud de exención impresa a una de las dos direcciones enumeradas en el sitio web junto con copias de todos los formularios DS-2019 e IAP-66 que se le hayan emitido, así como dos sobres de tamaño legal con y dirección propia. Estos deben enviarse junto con la tarifa de procesamiento de $ 120
- Presente documentos de respaldo para la base de exención legal para la que califica.
- Verifique el estado de su solicitud de exención. Además, si cambia su dirección después de presentar la exención, deberá actualizarla en el sitio web.
- Se tarda entre uno y cuatro meses en procesar la exención.
Después de obtener la aprobación de la exención, puede permanecer en los Estados Unidos y procesar su cambio de estatus de J-1 a una Green Card basada en el matrimonio.
J-1 a la Green Card basada en el matrimonio: Cómo presentar una petición de ajuste de estado
Su proceso de Green Card J-1 al matrimonio dependerá de si está casado con un ciudadano estadounidense o un residente permanente. Aunque los dos tipos de matrimonio se procesarán utilizando los mismos formularios, tienen diferentes requisitos y tiempos de procesamiento.
J-1 a la Green Card si está casado con un ciudadano estadounidense
Estar casado con un ciudadano estadounidense lo coloca en una posición ventajosa, ya que su solicitud se procesará más rápido en comparación con el cónyuge de un titular de la Green Card. Usted y su cónyuge pueden presentar los siguientes formularios al mismo tiempo:
- I-130: Esto se llama oficialmente Petición para Pariente Extranjero, que debe ser completada por su cónyuge ciudadano estadounidense. La petición I-130 se emplea para establecer la relación matrimonial, así como para mostrar la voluntad y la disposición de su cónyuge para patrocinar su solicitud de Green Card J-1 basada en el matrimonio.
- I-485: Esto será completado por usted como beneficiario de la petición de la Green Card. Es la solicitud para ajustar su estado de J-1 a una Green Card basada en el matrimonio.
Cada uno de los formularios debe completarse y enviarse con los documentos de respaldo de la Green Card basada en el matrimonio apropiados.
J-1 a la Green Card si está casado con un residente permanente
Al igual que en el caso de un ciudadano estadounidense, el I-130 es presentado por su cónyuge, mientras que usted, el visitante J-1, deberá presentar el I-485. La diferencia es que no puede enviar los dos formularios juntos al mismo tiempo. Su cónyuge residente permanente primero deberá presentar un I-130 y esperar hasta que se apruebe la petición antes de que pueda continuar el proceso.
Una vez que se apruebe la petición, deberá esperar un número de visa. A diferencia del cónyuge de un ciudadano estadounidense, una Green Card no siempre está disponible para los familiares inmediatos de un residente permanente. Esto se debe a que existe un límite numérico anual para el número de Green Cards emitidas a ciudadanos extranjeros patrocinados por un residente permanente.
Una vez que un número de visa esté disponible, puede proceder a presentar su I-485 para ajustar su estado de J-1 a una Green Card basada en el matrimonio.
J-1 al tiempo de procesamiento de la Green Card basada en el matrimonio
El tiempo de procesamiento de la Green Card basada en el matrimonio dependerá de si está casado con un ciudadano o residente permanente. Como cónyuge de un ciudadano, la disponibilidad de la Green Card significaría que una vez que el USCIS reciba sus formularios, comenzará el procesamiento. Tomará de 10 a 13 meses decidir y emitir una decisión sobre su solicitud.
Para una tarjeta basada en el matrimonio patrocinada por un residente permanente, deberá tener en cuenta el tiempo que pasará esperando que la fecha de prioridad esté actualizada. El tiempo total de procesamiento podría ser de dos a tres años.
¿Qué pasa si mi visa J-1 expira mientras espera la Green Card basada en el matrimonio?
Debido al largo tiempo de espera, su estado J-1 puede expirar mientras el USCIS está procesando su solicitud de Green Card. Todo extranjero con estatus de no inmigrante debe salir de los Estados Unidos al vencimiento de su visa. Es una violación de la ley de inmigración quedarse más allá de su período de visa a menos que mantenga un estatus migratorio válido al obtener una extensión de su visa J-1 o cambiar su estado a la de otro tipo de visa temporal.
Si su estatus J-1 expira antes de la aprobación de su Green Card basada en el matrimonio y no puede mantener un estatus válido, tendrá que regresar a su país de origen y continuar el proceso allí. En lugar de ajustar su estatus de una visa J-1 a una Green Card basada en el matrimonio, usted asistirá a una entrevista en un consulado o embajada de los Estados Unidos en su país de origen. Esto se conoce como tramitación consular.
¿Puede la regla de inmigración de 90 días afectar mi proceso de Green Card basada en el matrimonio?
Presentar su solicitud de Green Card J-1 para el matrimonio en el momento apropiado es crucial. La clasificación J-1 no tiene «doble intención», lo que significa que no debe mantener la intención de obtener una Green Card mientras solicita la J-1. Por esta razón, es recomendable no presentar su cambio de estado demasiado pronto.
Presentarse dentro de los 90 días posteriores a su llegada a los Estados Unidos con un estatus J-1 sugerirá a los oficiales de inmigración que tuvo la intención desde el principio. Esta es una violación de la ley de inmigración conocida como tergiversación intencional. Aunque no se traduce automáticamente en negación, despertará sospechas de los oficiales de inmigración y hará que sea más difícil obtener la aprobación de su Green Card basada en el matrimonio.
La mejor manera de evitar esto es permitir al menos 90 días entre su hora de llegada y el comienzo de su proceso de ajuste de estatus.
Cómo los abogados de inmigración pueden ayudar
En general, ajustarse de una visa temporal sin doble intención a una Green Card basada en el matrimonio es un proceso complicado que requiere completar varios pasos de inmigración y documentación. Sin embargo, la buena noticia es que puede mejorar sus posibilidades de aprobación contratando a un abogado de inmigración con experiencia.
Un abogado de inmigración calificado tiene una gran experiencia en el proceso de la Green Card J-1 a matrimonial. Este le ayudarán a presentar su petición con la documentación requerida. Los abogados también lo guiarán a través de todo el proceso y se asegurarán de que tenga las mejores posibilidades de aprobación.