Visado de Inversor E-2

La visa de comerciante del tratado E-1 y la visa de inversionista E-2 son opciones atractivas para personas de negocios, inversionistas, gerentes y empleados extranjeros que desean permanecer en los Estados Unidos por períodos prolongados de tiempo para supervisar: 1) una empresa que se dedica al comercio entre los Estados Unidos y un país extranjero; o 2) una inversión importante en los Estados Unidos.

¿Quién está calificado?

La visa E no es para cualquier persona que tenga un comercio o inversión. Esta clase de visa es exclusivamente para lo que el USCIS llama «comerciantes e inversionistas de tratados». Esto significa que todos los solicitantes deben ser nacionales de un país que tenga un tratado de comercio y comercio con los Estados Unidos.

Si se pregunta si su país es un país tratado, puede buscarlo en la lista completa proporcionado por el Departamento de Estado.

Las regulaciones establecen que debe ser nacional de uno de estos países, pero no necesariamente necesita estar viviendo actualmente allí. Si no está seguro de si califica o no bajo este requisito, hable con su abogado de visas E-1 o E-2.

Visa de Comerciante por Tratado (E-1)

Los solicitantes de comerciantes / inversionistas extranjeros deben cumplir con requisitos específicos para calificar para una visa de comerciante de tratados (E-1) bajo la ley de inmigración. El oficial consular determinará si un solicitante de comerciante de tratados califica para una visa.

  • El solicitante debe ser nacional de un país del tratado.
  • La empresa comercial para la cual el solicitante viene a los Estados Unidos debe tener la nacionalidad del país del tratado.
  • El comercio internacional debe ser «sustancial» en el sentido de que hay un volumen considerable y continuo de comercio.
  • El comercio debe ser principalmente entre los Estados Unidos y el país del tratado, lo que se define como que más del 50 por ciento del comercio internacional involucrado debe ser entre los Estados Unidos y el país de la nacionalidad del solicitante.
  • Comercio significa el intercambio internacional de bienes, servicios y tecnología. El título de los artículos comerciales debe pasar de una parte a otra.
  • El solicitante debe estar empleado en una capacidad de supervisión o ejecutiva, o poseer habilidades altamente especializadas esenciales para el funcionamiento eficiente de la empresa. Los trabajadores ordinarios calificados o no calificados no califican.

Visa de Inversionista por Tratado (E-2)

Los solicitantes de inversionistas en el tratado deben cumplir con requisitos específicos para calificar para una visa de inversionista de tratado (E-2) bajo la ley de inmigración. El oficial consular determinará si un solicitante inversionista del tratado califica para una visa.

  • El inversionista, ya sea una persona real o corporativa, debe ser nacional de un país tratado.
  • La inversión debe ser sustancial. Debe ser suficiente para garantizar el funcionamiento exitoso de la empresa. El porcentaje de inversión para una empresa comercial de bajo costo debe ser mayor que el porcentaje de inversión en una empresa de alto costo.
  • La inversión debe ser una verdadera empresa operativa. La inversión especulativa o ociosa no califica. Los fondos no comprometidos en una cuenta bancaria o un valor similar no se consideran una inversión.
  • La inversión no puede ser marginal. Debe generar significativamente más ingresos que solo para proporcionar una vida al inversionista y a la familia, o debe tener un impacto económico significativo en los Estados Unidos.
  • El inversor debe tener el control de los fondos, y la inversión debe estar en riesgo en el sentido comercial. No se permiten préstamos garantizados con los activos de la empresa de inversión.
  • El inversionista debe venir a los Estados Unidos para desarrollar y dirigir la empresa. Si el solicitante no es el inversionista principal, él o ella debe estar empleado en una capacidad de supervisión, ejecutiva o habilidad altamente especializada. Los trabajadores ordinarios calificados y no calificados no califican.

Solicitud y documentación requerida

Las solicitudes de visas E-1 y E-2 generalmente se presentan en la Embajada o Consulado de los Estados Unidos con jurisdicción sobre su lugar de residencia permanente. Aunque los solicitantes de visa pueden solicitar en cualquier oficina consular de los Estados Unidos en el extranjero, puede ser más difícil calificar para la visa fuera del país de residencia permanente.

Cada solicitante de una visa de comerciante de tratados (E-1) debe presentar estos formularios y documentación, como se explica a continuación:

  • Solicitud electrónica de visa de no inmigrante en línea, Formulario DS-160.
  • Solicitud de Comerciante/Inversionista del Tratado de No Inmigrante, Formulario DS-156E, completado y firmado.
  • Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos y con una fecha de validez de al menos seis meses después del período de estadía previsto del solicitante en los Estados Unidos. Si más de una persona está incluida en el pasaporte, cada persona debe completar una solicitud del Formulario DS-160.
  • Una (1) fotografía 2×2.

Cada solicitante de una visa de inversionista de tratado (E-2) debe presentar estos formularios y documentación, como se explica a continuación:

  • Solicitud electrónica de visa de no inmigrante en línea, Formulario DS-160.
  • Solicitud de Comerciante de Tratado de No Inmigrante / Inversionista de Tratado, Formulario DS-156E, completado y firmado, si usted es un Ejecutivo / Gerente / Empleado Esencial.
  • Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos y con una fecha de validez de al menos seis meses después del período de estadía previsto del solicitante en los Estados Unidos. Si se incluye más de una persona en el pasaporte, cada persona debe completar una solicitud del Formulario DS-160.
  • Una (1) fotografía 2×2.

Documentación adicional

Un solicitante de una visa de Comerciante de Tratados (E-1) o Inversionista de Tratado (E-2) primero debe establecer que la empresa comercial o empresa de inversión cumple con los requisitos de la ley y cumple con los muchos requisitos para la clasificación de visa E. El funcionario consular puede proporcionar al solicitante formularios especiales para este propósito.

El solicitante puede esperar que el oficial consular solicite documentación adicional, para tomar una determinación sobre la elegibilidad para una visa de comerciante de tratado o inversionista de tratado. Es imposible especificar la documentación exacta requerida ya que las circunstancias varían mucho de un solicitante a otro.

Miembros de la familia y empleados

Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años, independientemente de su nacionalidad, pueden recibir visas derivadas E para acompañar al titular principal de la visa. El cónyuge de un titular de visa E puede solicitar al DHS la autorización de empleo. Los hijos dependientes de un titular de visa E no están autorizados a trabajar en los Estados Unidos.

Las regulaciones de la visa E también permiten que los empleados lo acompañen bajo la misma visa siempre que cumplan con la definición de empleado de acuerdo con el estado en el que vivirán durante su estadía. Dependiendo de su situación, puede haber otros requisitos que rodean la entrada de su empleado. Trabaje con su abogado de visas de inversionista para asegurarse de que su empleado sea elegible.

¿Cuánto costará mi visa?

El costo total y las tarifas si su visa de inversionista depende de si actualmente se encuentra dentro o fuera de los Estados Unidos. Para aquellos que ya están trabajando en los Estados Unidos bajo un estado de visa diferente, simplemente puede presentar un I-129 y ajustar su estado tan pronto como se apruebe su petición.

Sin embargo, si actualmente se encuentra fuera de los Estados Unidos, deberá pasar por el procesamiento consular. Esto implica hacer una cita con el consulado o embajada de los Estados Unidos en su país de origen para programar una entrevista con un oficial consular. Esto también requerirá que complete una solicitud de visa de no inmigrante en línea DS-160.

También puede optar por que su petición se acelere a través del procesamiento premium, que costará una tarifa adicional.

Aquí está el desglose de las tarifas:

  • Tarifa de presentación básica I-129: $460
  • Tarifa de procesamiento premium: $ 1,440
  • Tarifa DS-160: $205

Un solicitante de visa E-2 deberá considerar estos costos además de la cantidad de inversión apropiada. Hable con su abogado de visas E-2 para saber cuánto costará la visa de inversionista en su totalidad.

¿Cuál es el tiempo de procesamiento E-1/E-2?

Afortunadamente, las visas de inversionista tienen tiempos de procesamiento relativamente cortos. Su petición I-129 debe tardar unos seis meses en procesarse, aunque esto depende en gran medida de la carga de casos del centro de servicio de USCIS que procesa su petición.

Como se indicó anteriormente, puede acelerar este tiempo de procesamiento de seis meses optando por el servicio de procesamiento premium. Esta función opcional acorta el tiempo de procesamiento de su visa a 15 días calendario. Si el USCIS no cumple con esta fecha límite, se le reembolsará su tarifa de procesamiento premium.

Si está pasando por el procesamiento consular, entonces su tiempo de procesamiento dependerá de qué tan ocupado esté el consulado o la embajada de los Estados Unidos de su país de origen. Deberá hacer una cita para su entrevista y luego esperar hasta esa fecha, que puede ser desde unas pocas semanas hasta unos pocos meses.

¿Puedo obtener una extensión?

Una vez que su visa E haya sido otorgada, podrá permanecer en los Estados Unidos por un período inicial de dos años. Si bien esto puede parecer corto en comparación con otras visas de no inmigrante, la visa E le permite solicitar un número ilimitado de extensiones. El sitio web de USCIS incluso establece que los titulares de visas E-2 que viajan al extranjero generalmente reciben una extensión automática de dos años cuando regresan. Si este es el caso, no necesitaría presentar una nueva petición I-129.